10/02/2014

Una falta la comete cualquiera, pero ¿en el Código Civil?

Código Civil de la República Dominicana

Hace unos días ojeaba el Código Civil Dominicana en la biblioteca de la UASD con una compañera de clases cuando de pronto mi corazón de ingeniero fue atravesado por una línea que entró por mis ojos y llegó a lo mas profundo de mi alma de Grammar-Nazi. La página 24 del tomo 2, edición 1970 reza: Art. 663.- Cada uno puede …

Continue reading