A propósito de inmigrantes, discriminación, derechos humanos, derecho a la vida, Sentencia 168, volviendo al Derecho Internacional Público, junto al Derecho Constitucional, me toca divagar…
Existe un convenio que data de 1914, con 4 modificaciones sucesivas, la última en 1974 llamado «Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar«. Se trata de garantizar que cualquier persona en situación de peligro sea socorrida.
Es tanto así, que hasta en la guerra, los barcos enemigos DEBEN socorrer a los sobrevivientes de los barcos enemigos hundidos, aunque esto ya viene por las convenciones de Viena y Ginebra. En situación normal, esto aplica mas comúnmente a cualquier nave naufragada (como el Titanic, que dió origen a esa convención) o las yolas que camino a Puerto Rico procedentes de República Dominicana.
Es una normativa internacional que rige a nivel mundial… ¿Recuerdan en alguna película a alguien diciendo «Mayday» por radio? (se pronuncia «medé»).
En fin, volviendo al tema, el caso que nos ocupa actualmente es el naufragio en Lampedusa, Italia, donde alrededor de 200 personas (inmigrantes indocumentados procedentes en u mayoría de África) fallecieron en un lamentable naufragio.
Sin embargo, el tema en cuestión es que a pesar de los múltiples convenios y tratado, a pesar de los tan cacareados derechos humanos, Italia castiga la ayuda a indocumentados, según reporta el diario El Pais de España, al cual cito:
«La Comisión Europea, por su parte, ha recordado este viernes a las autoridades italianas que la gestión y control de las fronteras es competencia exclusiva de los Estados miembros, aunque Bruselas puede darles apoyo si así se lo piden. Además, ha apuntado que existe una obligación de socorro en alta mar según el derecho marítimo internacional por el que se debe auxiliar a un buque a la deriva, si bien ha evitado pronunciarse sobre la norma italiana que castiga la ayuda a un inmigrante irregular con el argumento de que no es competencia comunitaria.»
Las negritas son mías (MP).
A lo que se refiere el reportero es a la controvertida ley italiana (ver la entrada en Wikipedia en Italiano) que impone fuertes castigos a los indocumentados, incluyendo medidas a todas luces inhumanas, medidas que de aplicarse en la República Dominicana tendríamos una reacción incontenible de parte de los liberales. Cito el artículo Italia impulsa la ley que convierte en delito la inmigración ilegal del 21 de mayo de 2008:
- «Quien alquile una vivienda a un ilegal puede ser condenado a una pena que va de seis meses a tres años y multas de entre 100 y 150.000 euros y la casa confiscada.»
- (…) «el aumento de la pena en un tercio cuando quien comete el delito es un clandestino».
Me pregunto que dirían los liberales si en República Dominicana legisláramos de esa manera y/o aplicáramos algo así a los haitianos.
¿Por qué la ley es diferente para unos y otros?
He estado tratando de evitarlo, pero no me queda otra opción: tendré que escribir sobre la fatídica sentencia 168 del Tribunal Constitucional.
[ACTUALIZACIÓN 10/05/2013]
Según una nota de El Pais, titulada «Solo los muertos pueden quedarse» el tema está tomando ribetes de tragicomedia:
«Italia concede la nacionalidad a los fallecidos en Lampedusa mientras denuncia a los supervivientes.»
«La fiscalía (…) acusaba a los 114 adultos rescatados de un delito de inmigración clandestina, que puede ser castigado con una multa de hasta 5.000 euros y la expulsión del país.»
No tengo nada que decir….